Cronistas habían fechado mal la elevación al rango de ciudad de Tulancingo de Bravo
Por Abraham Ascencio
Fue en la publicación del 10 de noviembre del 2017 que el Sol de Tulancingo dio a conocer el error histórico sobre la fecha de elevación de Tulancingo a ciudad y corrigió dicho aniversario a través de documentos históricos.
Todavía el año pasado la administración municipal invitó al público a celebrar el 9 de noviembre como la fecha de aniversario de la ciudad, lo cual evidencio el error que fue dado a conocer en el 2011 durante el encendido de las luces exteriores de catedral.
Durante años hemos celebrado el 9 de noviembre como la fecha en que Tulancingo recibe nombramiento de “ciudad”, lo cual es erróneo, ya que Tulancingo había sido elevado al grado de “Villa” por el gobierno de Antonio López de Santa Anna, adquiriendo el nombre de “Villa de Tulancingo de Santa Anna” en 1854.
Lo anterior sustentado en el documento 4352, de la Legislación Mexicana o Colección Completa de las Disposiciones Legislativas expedidas desde la Independencia de la República, en su edición oficial de 1877, y que se transcribe a continuación:
“Noviembre 9 de 1854._ Decreto del gobierno.- Se concede á Tulancingo el título de villa.
Ministerio de Gobernación. - Sección 2_ S. A. S. el general presidente se ha servido dirigirme el decreto que sigue:
Antonio López de Santa Anna, etc., sabed: Que en uso de las facultades que la nación se ha servido a conferirme, he tenido á bien decretar lo siguiente:
Artículo único. Se concede á la población de Tulancingo, cabecera del distrito de su nombre en el departamento de México, el título de villa, denominándose en lo sucesivo Villa de Tulancingo de Santa Anna. Por tanto, mando que se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento, dado en el palacio nacional de México, a 9 de Noviembre de 1854.- Antonio López de Santa Anna.- Al Ministro de Gobernación.”
Es hasta el 17 de abril de 1868 que Tulancingo es elevada al grado de ciudad, por el aún gobierno del estado de México, y nombrada Tulancingo de Bravo en el decreto número 21, por el entonces Gobernador de dicho estado, el Lic. Cayetano Gómez y Pérez, en la ciudad de Toluca.
Lo anterior ratificado en la página 167 de la Colección de decretos del Segundo Congreso Constitucional del Estado de México, en la segunda época de la Federación, en su tomo número VI y escrito por Manuel Dublán y José María Lozano.
Como anexo, en el mismo documento se otorga a la ciudad de Tulancingo una feria anual, que iniciaba los días 5 de mayo, con una duración de 8 días, misma que se realizó y que al paso de los años ya no se conservó, ni el recuerdo solo una calzada.
La historia del lugar donde vivimos es de todos y saberla completa coadyuva al crecimiento de la sociedad y conserva los valores para las futuras generaciones.
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